Implicaciones de un Congreso morado
Por Paolah, de Ahíequeprende : El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) tendrá a partir del 16 de agosto de este año el control del...

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Por Paolah, de Ahíequeprende:
El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) tendrá a partir del 16 de agosto de este año el control del 97 por ciento del Senado luego de sacar 31 de sus 32 miembros en las elecciones pasadas.
Entonces, el PLD controlará dos de los poderes del Estado, Ejecutivo y Legislativo, y de pasó el tercero –el Judicial- por ser el Senado quien elige los miembros de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Como resultado tendremos entonces a una sola fuerza política, con una sola cabeza (Leonel Fernández), controlando el país completo, a excepción de los diputados que logre obtener el partido de oposición, PRD, y los reformistas.
No soy politóloga ni experta en el tema, pero no hay que serlo para percatarse del panorama ante el cual estamos parados. Sólo basta abrir la Constitución y buscar las atribuciones del Senado para entender que desde ahí se puede disponer del país completo.
Vean. Además de que el presidente del Senado y un senador elegido por el pleno de la Cámara Alta integran el Consejo Nacional de la Magistratura, lean –textualmente– las atribuciones del Senado según la Constitución de 2010.
Artículo 80.- Atribuciones.- Son atribuciones exclusivas del Senado:
1.Conocer de las acusaciones formuladas por la Cámara de Diputados contra las y los funcionarios públicos señalados en el artículo 83, numeral 1 (…)
2.Aprobar o desaprobar los nombramientos de embajadores y jefes de misiones permanentes acreditados en el exterior que le someta el Presidente de la República;
3.Elegir los miembros de la Cámara de Cuentas de las ternas presentadas por la Cámara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de los senadores presentes;
4.Elegir los miembros de la Junta Central Electoral y sus suplentes, con el voto de las dos terceras partes de los presentes;
5.Elegir al Defensor del Pueblo, sus suplentes y sus adjuntos, a partir de las ternas que le presente la Cámara de Diputados, con el voto de las dos terceras partes de los presentes;
6.Autorizar, previa solicitud del Presidente de la República, en ausencia de convenio que lo permita, la presencia de tropas extranjeras en ejercicios militares en el territorio de la República, así como determinar el tiempo y las condiciones de su estadía;
7.Aprobar o desaprobar el envío al extranjero de tropas en misiones de paz, autorizadas por organismos internacionales, fijando las condiciones y duración de dicha misión.
A estas atribuciones debemos sumar las del Congreso Nacional en sentido general, entre las cuales figuran algunas como: establecer los impuestos; crear, modificar o suprimir provincias, municipios y demás; votar la Ley de Presupuesto General del Estado, así como aprobar o rechazar los gastos extraordinarios para los cuales solicite un crédito el Poder Ejecutivo, aprobar o rechazar los contratos que someta el Poder Ejecutivo, declarar la necesidad de Reformas Constitucionales, entre otras.
Ya una vez, en el 2002, tuvimos un Congreso en el que el PRD tenía control de 29 de los 32 puestos senatoriales. Sólo el tiempo dirá cuál historia es la que se escribirá entre 2010 y 2016. Mientras, quedamos conscientes de la situación